lunes, 27 de octubre de 2014

PRESTACIONES DE LA SS.

La estructura del sistemas de SS diferencia la acción protectora en diferentes niveles o sistemas, siendo en todo caso Básico o Complementario.


SISTEMA BÁSICO.

En el se integran la mayoría  de las prestaciones como son, pues es de carácter general y no distingue a unos ciudadanos de otros. Este sistema tiene un sistema de protección que abarca:

  • Asistencia Sanitaria. (Maternidad, accidente o enfermedad, sean o no laborales.)
  • Recuperaciones profesionales.
  • Prestaciones económicas por cualquier IT ya sea por contingencias laborales o no.

SISTEMA COMPLEMENTARIO.
Es un sistema complementario de las prestaciones anteriores, proporcionando medidas accesorias  ya sean de protección interna como es la asistencia social o externa como son las mejoras voluntarias.


Las prestaciones pueden ser de 2 modalidades: 

  1. Servicios. (Asistencia social o sanitaria)
  2. Monetaria. (Pensión, subsidio, indemnización...)


El derecho a recibir una prestación se condiciona según sea en modalidad contributiva o no contributiva:

Contributiva.

  • En cualquier caso se presupone la necesidad, por lo que no hay que demostrar la baja, excepto en los casos de pensiones de muerte y supervivencia, asistencia sanitaria o protección familiar.
No contributiva.
  • Se debe demostrar la necesidad. (INSUFICIENCIA DE INGRESOS Y RESIDENCIA EN ESPAÑA.)




No hay comentarios:

Publicar un comentario