La estructura del sistemas de SS diferencia la acción protectora en diferentes niveles o sistemas, siendo en todo caso Básico o Complementario.
SISTEMA BÁSICO.
En el se integran la mayoría de las prestaciones como son, pues es de carácter general y no distingue a unos ciudadanos de otros. Este sistema tiene un sistema de protección que abarca:
- Asistencia Sanitaria. (Maternidad, accidente o enfermedad, sean o no laborales.)
- Recuperaciones profesionales.
- Prestaciones económicas por cualquier IT ya sea por contingencias laborales o no.
SISTEMA COMPLEMENTARIO.
Es un sistema complementario de las prestaciones anteriores, proporcionando medidas accesorias ya sean de protección interna como es la asistencia social o externa como son las mejoras voluntarias.
Las prestaciones pueden ser de 2 modalidades:
- Servicios. (Asistencia social o sanitaria)
- Monetaria. (Pensión, subsidio, indemnización...)
El derecho a recibir una prestación se condiciona según sea en modalidad contributiva o no contributiva:
Contributiva.
- En cualquier caso se presupone la necesidad, por lo que no hay que demostrar la baja, excepto en los casos de pensiones de muerte y supervivencia, asistencia sanitaria o protección familiar.
No contributiva.
- Se debe demostrar la necesidad. (INSUFICIENCIA DE INGRESOS Y RESIDENCIA EN ESPAÑA.)
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